PERSONAL DE CASAS PARTICULARES: Categorías y remuneraciones a partir del 1° de septiembre
Fecha: 24-09-2013
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 886/2013 (BO 19/09/2013) estableció las categorías profesionales y el salario mínimo para el Personal de Casas Particulares.

Categorías y remuneraciones a partir del 1° de septiembre de 2013

Supervisor/a: Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

Personal con retiro|Hora: $ 31|Mensual: $ 3950| Personal sin retiro|Hora: $ 34|Mensual: $ 4400|

Personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.
Personal con retiro Hora: $ 29 Mensual: $ 3670
Personal sin retiro Hora: $ 32 Mensual: $ 4085

Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.
Hora: $ 28 Mensual: $ 3580

Asistencia y cuidado de personas: Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.
Personal con retiro Hora: $ 28 Mensual: $ 3580
Personal sin retiro Hora: $ 31 Mensual: $ 3990

Personal con tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.
Personal con retiro Hora: $ 25 Mensual: $ 3220
Personal sin retiro Hora: $ 28 Mensual: $ 3580

El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.