Empleados - DDJJ Ganancias y/o Bs. Personales
TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA.INCREMENTO DEL MÍNIMO NO IMPONIBLE, CARGAS DE FAMILIA Y DEDUCCIÓN ESPECIAL DESDE EL 1/9/2013.
Fecha: 30-08-2013
DECRETO (PE) 1242/2013. B.O. 28-8-2013.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. TRABAJO EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA. DEVOLUCION DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
Fecha: 26-07-2013
Se incrementa por única vez el importe de la deducción especial aplicable a las rentas obtenidas por el trabajo personal en relación de dependencia, el desempeño de cargos públicos y gastos protocolares y de las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie que tengan su origen en el trabajo personal, hasta un monto equivalente al importe neto de la primera cuota del sueldo anual complementario del año 2013, debiendo exteriorizarse el beneficio de forma inequívoca en los recibos de haberes correspondientes a las remuneraciones devengadas del mes de julio del año 2013.
Impuesto a las Ganancias. Renta del trabajo personal en relación de dependencia. F. 572 Web
Fecha: 24-12-2012
Se establece que los trabajadores en relación de dependencia a los efectos de informar las modificaciones en sus datos personales deberán utilizar el servicio Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - Trabajador, en sustitución del formulario F. 572 (actualmente manual), siempre que se verifique alguna de las siguientes situaciones:
Ganancias. Trabajo en relación de dependencia. Exposición en el recibo de haberes.
Fecha: 21-12-2012
Se establece que el beneficio derivado del incremento de la deducción especial prevista en el inciso c) del artículo 23 de la ley de impuesto a las ganancias, dispuesto por el decreto 2191/2012, deberá exteriorizarse de forma inequívoca en los recibos de haberes correspondientes al pago de la segunda cuota del aguinaldo 2012.